obligaciones
de transparencia

INFORMACIÓN PUBLICADA EN CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO POR LA LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.

Marco Normativo

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
  • Ley Federal del Trabajo
  • Contrato Colectivo de Trabajo 2025-2027
  • Convención Americana Sobre Derechos Humanos
  • Convenio C087 – Convenio Sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación
  • Acta Constitutiva y Estatutos Generales
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares
  • Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
  • Ley Federal de las Entidades Paraestatales
  • Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales
  • Reglamento Interior de Transparencia para el Pueblo.
  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal

LEY GENERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

CAPÍTULO II

OBLIGACIONES DE TRANSPARENCIA COMUNES

CAPÍTULO III

DE LAS OBLIGACIONES ESPECÍFICAS

ARTÍCULO 65

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según  corresponda, la información, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

Fracción        Obligaciones Comunes

        I –  Normatividad aplicable 

      II  –  Estructura Orgánica

     III  –  Facultades de cada área

  VIII  –  Gastos por concepto de viáticos y representación

     XII  –  Unidad de Transparencia

XVIII  –  Servicios y Trámites ofrecidos

XXII  –  Resultados de auditorias realizadas

XXV  –  Las concesiones, contratos convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgada

XXVIII  –  Estadísticas generadas

XXXII  –  Inventario de bienes muebles

XXXII  –  Inventario de bienes  inmuebles

XXXV  –  Resultados de los mecanismos de participación ciudadana

XXXV  –   Mecanismos de participación ciudadana

XXXVII  –  Resoluciones en materia de acceso a la información del Comité de Transparencia

XXXVII  –   Resoluciones de las acciones y políticas del Comité de Transparencia

XXXVII  –  Calendario de sesiones y actas del Comité de Transparencia

XXXVII  –  Integrantes del Comité de Transparencia

XXXIX  –  Estudios financiados con recursos públicos

XLIII  –    Catálogo de disposición Y Guía de archivo documental

XLVI  –  Información de interés público

XLVI  –  Preguntas frecuentes

XLVI  –  Transparencia proactiva

Último Párrafo

  Tabla de Actualización y Conservción

  Tabla de Aplicabilidad de las obligaciones de transparencia

ARTÍCULO 77
ARTÍCULO 78

Artículo 78. Los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos deberán mantener actualizada y accesible, de forma impresa para consulta directa y en ls respectivos sitios de internet, la información aplicable del articulo 65 de esta ley, señalada en el artículo anterior y la siguiente:

Fracción     Obligaciones específicas

 I    –  Contratos y convenios entre sindicatos y autoridades

 II   –  Directorio del Comité ejecutivo

 III   –  Relación de bienes muebles

 III   –  Relación de bienes inmuebles

 III   –  Relación de recursos públicos económicos, en especie, bienes o donativos que se reciban y el informe del ejercicio y destino final

Padrón de Socios.
Directorio Comité Ejecutivo.
Reglamentos Interiores de Trabajo.
Recursos Públicos económicos, en especie, bienes o donativos que reciban y el informe detallado del ejercicio y destino final de los recursos públicos que ejerzan.
Directorio del Comité Ejecutivo.
Contratos y convenios entre sindicatos y autoridades
Preguntas Frecuentes.
Programa Anual de Desarrollo Archivístico.
Inventario Documental.
Guía Simple de Archivos.
Cuadro General de Clasificación.
Índice de Expedientes Clasificados como Reservados
Catálogo de Disposición Documental.
Gastos de Comunicación Social.
Unidad de Transparencia.

Se reciben solicitudes de información pública respecto al Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, a través del correo oficial de la Unidad de Transparencia, en nuestro domicilio oficial, vía telefónica, por correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente ante el personal habilitado que las capturará en el sistema electrónico de solicitudes o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional de Transparencia.
Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, Dirección: Calle Zaragoza #15 – 3er. Piso, Colonia Guerrero, CP. 06300, Alcaldía Cuauhtémoc, CDMX, Teléfono: 01 55 5566 6000 Ext. 177, 01 55 5535 1689, Horario de 9 a 16 hrs. correo electrónico: transparencia@stprmx.org

Gastos de Representación y Viáticos.
Estructura Orgánica

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